Jornada laboral: cómo es el impacto económico de una reducción de 47 horas – Sectores – Economía

Desde el 15 de julio de 2023, todos los trabajadores acudirán han conocido puesto de trabajo una hora menos a la semana. De la noticia 48, el jornada laboral pasará a tener por ley 47. Eso sí, las empresas no podrán reducir en ningún caso el salario de los empleados. De lo contrario, se verán expuestas a sanciones.

Esta reducción obedece a la Ley 2101 de 2021, que fue liderada por el exsenador del Centro Democrático Álvaro Uribe y que determinó que la jornada laboral colombiana disminuirá en forma progresiva hasta llegar a tener 42 horas semanales en 2026.

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Las empresas tendrán que preparar y llegar a acuerdos con sus empleados para que estos trabajen una hora menos este año, otra menos en el 2024, reducir dos en el 2025 y otras dos en el 2026.

Para ello, la ley determinó que estas horas deberán ser distribuidas de común acuerdo entre los empleados y los trabajadores entre 5 y 6 días a la semana, garantizado para que los empleados tengan un día de descanso.

La jornada laboral se reducirá en Colombia hasta llegar a las 42 horas en el 2026.

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Infografía El Tiempo

¿Cuál es el impacto?

Esta norma tuvo desde el principio el rechazo del sector privado por cuenta del impacto económico que puede tener en las finanzas de las empresas, más aún cuando todavía se están recuperando del golpe de la pandemia.

Según los empresarios, la reducción de la jornada encarecerá el costo del trabajo Pues cada hora menos se vuelve extra y las empresas tendrán que asumir cargas adicionales en sus nominas si quieren continuar haciendo el mismo trabajo de hoy.

Jaime Alberto Cabalé. presidente de la Federación Nacional de Comerciantes (Fenalco), dijo a EL TIEMPO que calcula que el costo laboral se incrementa en un 2 por ciento cada año; sin embargo, recalcó que el impacto de este 2023 será aún más fuerte debido a que el salario mínimo que recibió más de 3.5 millones de personas en Colombia subó un 16 por ciento, hasta los 1’160.000 pesos, lo que representó el mayor aumento de este siglo y un aumento real (descontando la inflación) de 3.36 por ciento.

“Para el 2023, además del crecimiento del 16 por ciento del salario mínimo, tendremos un 2 por ciento adicional de aumento en los laborales por concepto de reducción de la jornada. Esto sin contar la anunciada reforma laboral que cambiaría las jornadas diurnas y nocturnas, dominicales y festivos y tendrán un impacto adicional de 12 por ciento.

Jaime Alberto Cabal, presidente de Fenalco.

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César Melgarejo / EL TIEMPO

Ante ello, el viceministro de Trabajo, Edwin Palma, explicó el tema de los sobrecostos es parte de la deliberación del proyecto de reforma laboral que adelanta el Gobierno de la mano de los sindicatos y los empresarios y que ya se han reunido con el sector de la economía nocturna, uno de los que más se afectarían de llegar a materializarse estos cambios.

Paraca Bruce Mac Master, presidente de Andi, hay que tener cuidado en no generar medidas qu’eventually vayan a agravar la situacion de empleo qu’este prevén este año. Cuando se produjo la ley, el gremio calculó que, en promedio, para cubrir las ocho horas no trabajadas en la semana, las empresas tendrán que cargar con un costo semanal promedio de 85.309 pesos por persona. Y que si esto se multiplica por 6,2 millones de empleados que laboran más de 40 horas, ya costaría 26,9 billones de pesos anuales, lo que equivale al 2,7 por ciento del PIB.

“Ya el presidente ha destacado el riesgo que tenemos de no generar empleo, a esto se le suma la situacion de estancamiento mundial de la economia y los problemas estructurales del mercado laboral colombiano. Entonces esta y otras medidas que eventualmente se quieren hacer en el plano tendrán que ser muy cuidadosas en no ser la causa de un mayor desempleo laboral”, señaló.

Hay que recordar que la tasa de desempleo en Colombia bajo en noviembre del 2022, último dato revelado por el Dane, hasta un 9.5 por ciento. Sin embargo, a nivel nacional la población desocupada todavía es de 2,4 millones de personas.

También Rosmery Quintero, presidenta de la Asociación Colombiana de Medianas y Pequeñas Empresas (Acopi), aseguró que esta reducción afectará tanto la productividad como la generación de nuevos empleados.

Empresas, una preparación

Catalina Santos, compañía del equipo de trabajo de la firma Brigard Urrutiaopina que teniendo en cuenta que aún falta un periodo de siete meses para empezar a implementar de manera obligatoria la reducción de la jornada es recomendable que las empresas vayan haciendo un análisis de las horas que tienen acordadas con sus trabajadores, ya se en sus contratos individuales o en convenciones o pactos colectivos, para establecer el impacto de esta medida.

Este impacto podría ser de tipo economico, y que los recargos por trabajo suplementario ahora deberán pagarse from del momento en que la nueva jornada máxima supere

“Este impacto podría ser de tipo economico, ya que los recargos por trabajo suplementario ahora deberán pagarse desde el momento en que se exceda el nuevo máximo de días, o incluso si se requiere contratar a más trabajadores para suplir las necesidades productivas de la empresa”, explica la abogada.

Respecto a cómo podrían los trabajadores y los empleados, la abogada de Brigard Urrutia opinó que se pueden hacer acuerdos, siempre y cuando se los términos establecidos en la ley par que se aplique la reducción de la jornada.
De hecho, dice que en el parágrafo del artículo 1 de la ley se expresa que el Gobierno Nacional en cabeza del Ministerio del Trabajo deberá convocar mesas técnicas con sindicatos y gremios para fortalecer la productividad y así poder mitigar un posible impacto negativo que conlleva la reducción de la jornada.

Sanciones

Una vez finalizados los plazos de la Ley 2101 de 2021, toda empresa que no cumpla con cada uno de ellos y decidió no reducir las horas podrá ser objeto de sanciones por parte del Ministerio del Trabajo. El trabajador también podrá acudir a la justicia laboral ordinaria en caso de que el empleador no haya reconocido los recargos suplementarios según la nueva jornada máxima.

“Asimismo, en caso de accidente de trabajo o encarcelamiento profesional en donde el agotamiento del trabajador sea determinante, el trabajador podría ser responsable por los daños ocasionados al trabajador mediante acciones de culpa patronal”, cuenta la abogada.

NOELIA CIGÜENZA RIAÑO
Redacción Economía y Negociaciones