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«Ojo, monumento»: prohibido cruzar o apoyarse en el acueducto de Segovia | Cultura

«Ojo, monumento»: prohibido cruzar o apoyarse en el acueducto de Segovia |  Cultura

El Ayuntamiento de Segovia, por acuerdo de todos los grupos municipales (PSOE, PP, CDS, IU y Podemos-Equo), modificó la llamada ordenanza de convivencia para incluir cualquier tipo de agresión tanto al acueducto romano como a los edificios del recinto histórico , que cuentan con la declaración de Patrimonio de la Humanidad Mundial por la Unesco. Así, apoyarse o escalar por los sillares de granito del monumento romano, someterse al canal por donde circulaba el agua o pintar un grafiti en un edificio de la zona amurallada puede suponer multas de hasta 3.000 euros.

La modificación de la ordenanza, que entró en vigor el sábado, después de que ningún habitante haya recibido alegaciones en contra y haya sido publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, tiene el doble objetivo de combatir las acciones incívicas contra el acueducto, desde trepar a apoyarse o Custodio de los residuos, allí para proteger el Ámbito Patrimonio de la Humanidad. Por ello, se sanciona incluir las pintadas en los monumentos y bienes de interés cultural que estén fuera de la ciudad amurallada.

De esta manera, el Ayuntamiento segoviano, según fuentes municipales, ha puesto en el máximo nivel de sanciones a todos aquellos comportamientos que supongan tanto daños directos contra los bienes del patrimonio histórico-artístico como el mal uso de este legado. Por este motivo, se ha incluido como infracción de carácter muy grave cualquier actuación que afecte a cualquiera de los edificios ubicados dentro del ámbito declarado como «Ciudad Vieja de Segovia y su acueducto».

Un grupo de turistas se fotografía delante del acueducto de Segovia.
Un grupo de turistas se fotografía delante del acueducto de Segovia.Aurelio Martín

Se considera conductas sancionables relacionadas directamente con el acueducto el hecho de acceder a la parte superior del monumento y su canal desde el desarenador (decantador de agua) ubicado en la calle de San Gabriel hasta el final de la obra romana en el interior del recinto amurallado , sin autorización municipal —en caso de habitar deberá estar basado en el interés público o por motivos de conservación o mantenimiento—. También se añaden otros usos prohibidos del acueducto como escalar, someter, trepar, descolgarse o cualquier otra acción similar, sin autorización municipal. En ambos casos, constituyen conductas tipificadas como muy graves y serán sancionadas con multas de 1.500 a 3.000 euros.

Además, se indica la prohibición de depositar junto al acueducto, incluso de forma transitoria, materiales o herramientas de obra, escombros o similares, sin autorización municipal, bajo multa de 750 a 1.500 euros. También se sancionará depositaire o lanzar cualquier tipo de objeto o residuo orgánico e inorgánico, así como el vertido de cualquier sustancia líquida, sobre monumentos histórico-artísticos o edificios catalogados o protected par la normativa urbanística correspondiente, así como el vertido de cualquier su estancia líquida Canal de la obra hidráulica de la epoca de los romanos —entre 1.500 y 3.000 euros de multa—. Asimismo, se prohíbe introducir papeles, restos orgánicos, colillas, envoltorios, desechos o cualquier tipo de residuos entre las juntas de los sillares del acueducto y tirar o depositar objetos o residuos —entre 750 y 1.500 euros de multa—.

Vista del acueducto de Segovia.
Vista del acueducto de Segovia.Aurelio Martín

Y ojo con jugar al balón en el entorno de bienes protegidos, es decir, utilizar como portería los pilares del acueducto o la fachada de la catedral, la última gótica de España, por ejemplo. Además, se ha introducido en la norma de convivencia que cualquier tipo de juegos en el espacio público, no solo con pelota, sino también con otros instrumentos u objetos, como monopatín o similares, está sometido al principio general de respeto a los demás, y , en particular, de su seguridad y tranquilidad, así como al hecho de que no implica peligro para los bienes, servicios o instalaciones.

El Ayuntamiento de Segovia ha establecido que dada la trascendencia social de todos los hechos que afectan al acueducto, las multas previstas en la ordenanza que tendrán relación con infracciones que le afectarán se graduarán siempre en el tramo superior de la horquilla económica correspondiente a la sanción.

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By Betania Malavé